Está a punto de entrar en vigor la nueva ley 2486 de 2025, la cual permite que los vehículos ciclomotores transiten por las ciclorrutas de las diferentes ciudades del país. Esta normativa será aplicada una vez tenga su reglamentación establecida por parte del Ministerio de Transporte.
Asimismo, esta nueva ley establece que estos vehículos ciclomotores, para transitar por la ciclorrutas, no requieren presentar ninguna documentación como el SOAT, matrícula o licencia de conducción. No obstante, sí exige el uso obligatorio de casco, luces delanteras y traseras, y el uso individual del vehículo.
Los usuarios tampoco podrán superar el límite de velocidad establecido en 25 km/h y no podrán ser menores a 16 años de edad. De igual manera, el Ministerio de Transporte aún debe definir las características y especificaciones técnicas de los vehículos, incluyendo que la potencia de sus motores no podrá exceder los 1000 W.
Bogotá Mantiene la Prohibición con Señalización y Multas Rigurosas

A pesar de esta ley nacional, las administraciones locales todavía tienen la facultad de restringir el uso de estos vehículos en tramos específicos por razones de seguridad vial, operativas o de diseño, como lo es el caso de Bogotá.
Si usted es dueño de un ciclomotor, no se confíe, hasta que no se reglamente la ley, en la capital usted puede incurrir en sanciones y multas. La Secretaría de Movilidad de Bogotá mantendrá su postura clara hasta nuevo aviso, las ciclorrutas en la capital siguen siendo de uso exclusivo para bicicletas.
Las multas y comparendos por infringir la normativa vigente en Bogotá

A día de hoy, se han instalado señales específicas en 108 zonas de la capital identificadas con alto riesgo de uso indebido y además de la señalización, la Secretaría de Movilidad ha reforzado los operativos de control en conjunto con la Policía.
Estos operativos han resultado en más de 453 inmovilizaciones y 1.483 comparendos por incumplimiento de la normativa, siendo las violaciones más comunes la falta de documentación y la circulación por ciclorrutas y andenes. Actualmente, la multa por infringir esta norma asciende a 604.000 pesos colombianos.