En un tuit, el Secretario de Gobierno de Bogotá confirmó lo que para muchos era más que lógico: No es obligatorio el uso de tapabocas cuando se viaja solo dentro de un carro.
Desde el inicio de pandemia se ha hecho un llamado insistente para usar el tapabocas. Hasta aquí ningún problema, pero cuando se trata de usarlo dentro de un vehículo particular todo es caos y confusión porque no se sabe cuándo sí y cuándo no usarlo. Hablando específicamente de los conductores el problema se vuelve económico por las multas impuestas por no portarlo. La respuesta de la Secretaría de Gobierno en Bogotá fue emitir la Circular 023 donde se aclaran algunas dudas, pero deja otras en el aire.
La excepción a la regla
El Secretario de Gobierno de Bogotá, Luis Ernesto Gómez, aclaró los lineamientos donde es obligatorio el uso del tapabocas en el caso de los conductores y demás ocupantes del carro. Empecemos con lo básico, si usted va solo en su vehículo particular no lo tiene que usar y no lo pueden multar por no usarlo. De hecho, si ya lo multaron por ello puede simplemente no pagarlo y hacer el reclamo para verificar que no le vaya a quedar vigente.
Por otro lado, si en su vehículo va más de una persona, todos los ocupantes deben usarlo todo el tiempo y deben mantener una distancia mínima de un metro entre cada uno o un asiento. También debe usarlo cuando lo retenga la policía o cuando interactúe con otras personas que estén fuera del carro. Cabe aclarar que sí es obligatorio usarlo en cualquier transporte público, ya sea taxi o bus.
Pero siguen los «peros«
Con la publicación de la circular empezaron las preguntas. Una de ellas es que si todos los integrantes de un solo vehículo son integrantes de la misma familia y viven en la misma casa también deben usar el tapabocas dentro del carro. Es una pregunta muy válida si tenemos en cuenta que un carro con las ventanas arriba y con el aire en recirculación se puede considerar un espacio seguro. De este tema incluso el mismo Jeremy Clarkson habló al respecto.
Otro interrogante se relaciona con la seguridad de los conductores. Los que usan gafas, por ejemplo, son propensos a empañarlas con la respiración que sale del tapabocas. Esto no sería un inconveniente al caminar, pero sí lo seria a 50 km/h. En fin, de este tema hay bastante tela por cortar ya que, incluso con esta modificación, la norma sigue siendo vaga y ambigua.
Puede consultar la Circular 023 haciendo clic aquí.