Motos parrillero Bogotá
- Publicidad -

El senador Roy Barreras radicó un proyecto de ley el 22 de julio ante el Senado de la República que busca modificar partes importantes del Código Nacional de Tránsito. Motos a pagar peaje, nuevos límites de velocidad y licencias especiales para conductores novatos son algunas de una serie de modificaciones que «dictan normas para garantizar los derechos a la vida, a la integridad personal y a la salud de los individuos mediante la seguridad vial», según reza el radicado. Aquí vamos a resumir lo más importante del proyecto, así que disculpas de antemano si el artículo lo ve más largo de lo normal.

Seguridad vial

El proyecto de ley empieza estableciendo que el Código Nacional de Tránsito debe requerir que se adopte la normativa del Foro Mundial de las Naciones Unidas para la Armonización de Vehículos WP.29. Esta es una serie de normas técnicas acordadas por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE por sus siglas en inglés). Dichas normas establecen un estándar internacional de especificaciones para los vehículos a la venta. Algo así como la norma EURO, pero para todo el mundo.

Proyecto ley código tránsito

Apegarnos a esta norma implica que el Ministerio de Transporte debe hacer una regulación más estricta en temas de seguridad activa y pasiva, emisiones de gases y consumo de combustible en los vehículos a la venta. Esta nueva normativa es lo que muchos veníamos pidiendo para la mejora de la seguridad vial. A pesar de que algunas marcas ya ofrecen más equipamiento de seguridad del que se exige por ley, es importante que estas exigencias sean obligatorias para todos los vendedores, importadores y ensambladores del país.

Los novatos

Los conductores primerizos o buñuelos ahora se llamarán «novel» y deberán portar un permiso probatorio durante 2 años. Solo podrán conducir vehículos tipo automóvil y este debe estar identificado con alguna señal que indique que el conductor es un “novel”. Además, deberá contratar una póliza de responsabilidad civil extracontractual que cubra al menos 46 SMMLV y no pueden pasar de 60 km/h en carretera mientras tenga el permiso probatorio.

Motos a pagar peaje

Este proyecto de ley busca que el Código Nacional de Tránsito delimite mejor los espacios exclusivos para bicicletas, motocicletas y carros. En las vías intermunicipales entre capitales y municipios dormitorio se harían carriles separados para estos vehículos. Por eso se propone a las motos pagar peaje, cuya recaudación se usará para mantener la infraestructura de estos carriles exclusivos.

El valor de estos peajes sería del 30% de lo que paga un automóvil de 2 ejes, es decir unos $3.660 pesos. Es probable que este artículo no pase para motos de bajo cilindraje si tenemos en cuenta que otros proyectos semejantes ya se han rechazado. Un ejemplo es el proyecto del impuesto de rodamiento para motos de 125 CC.

Motos peaje

Además, a partir del 2022 las motos fabricadas e importadas deben tener bolsa de aire frontal y encendido automático de luces de acuerdo con la norma WP.29. El tema de las luces está bien, pero la bolsa de aire es un poco fantasioso si tenemos en cuenta que muy pocas motos tienen ese sistema. Es posible que esta exigencia se cambie por un sistema más real como el ABS en curva, embrague anti-rebote o el estabilizador de dirección, artefactos que ya existen y han demostrado ser más seguros para los motociclistas.

Máximas velocidades

Al parecer, la Secretaría de Movilidad de Bogotá puso el ejemplo con su límite de velocidad fijado en 50 km/h. Roy Barreras lo incluyó en el proyecto de ley y busca que el Código Nacional de Tránsito lo imponga en todas la áreas urbanas a nivel nacional. También establece que los vehículos de carga y transporte escolar no puedan superar los 40 km/h. En las zonas escolares y residenciales sería de máximo 30 km/h.

Proyecto ley código tránsito

La velocidad en carretera también se vió reducida y el máximo nacional sería de 90 km/h, aunque serían las entidades de tránsito departamentales las encargadas de poner límites más bajos si así lo requieren. Los vehículos de servicio público intermunicipal, carga y escolar no deberían sobrepasar los 60 km/h.

Multas y castigos

El proyecto de ley propone que las multas e infracciones sean responsabilidad única del conductor. Si este no es el propietario, el propietario debe determinar quién es el infractor que iba al volante. Ocurre igual con vehículos con dueño jurídico, alquilados o vendidos sin terminar el traspaso. La única excepción es cuando el conductor cometió la falta estando subordinado por el dueño. Solo en ese caso, la autoridad de tránsito a la que le corresponda decidirá a quien ponerle la multa durante una audiencia.

Proyecto ley código tránsito

Este proyecto de ley no busca solo modificar el código de tránsito, también el código penal. Una de sus propuestas es adicionar un castigo a los corredores. Si lo sorprenden corriendo, superando la velocidad máxima por más de 20 km/h, lo pueden encarcelar de 3 a 6 meses y tendrá que pagar una multa de 13 a 75 SMMLV. Ya la fotomulta no parece tan terrible. Esta pena también aplica si lo sorprenden manejando borracho con ochenta mg de alcohol por decilitro de sangre o cualquier sustancia estupefaciente.

Finalmente se busca establecer un registro del parque automotor que estuviera involucrado en accidentes. Un dato muy útil para sacar estadísticas y establecer los carros más seguros o inseguros. En resumidas cuentas, esto es un revolcón del Código Nacional de Tránsito y el proyecto de ley tiene sus cosas positivas como negativas. Aún no se sabe cuándo pasará a debate, solo esperamos que no se hunda el proyecto entero.

Si tiene tiempo libre, puede leer todo el proyecto en este enlace.

William Puentes
Periodista y comunicador - aficionado a carros, motos y todo lo que se mueva.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí